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Carta de desistimiento del contrato de alquiler (inquilino) – modelo

Desde el sexto mes de contrato puedes desistir con al menos 30 días de preaviso. Indica la fecha en que entregarás la vivienda.

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Carta de desistimiento del contrato de alquiler (inquilino): lo que debes saber

La Ley de Arrendamientos Urbanos permite al inquilino de una vivienda habitual dejar el piso antes de que termine el contrato, siempre que hayan pasado al menos seis meses y avise al arrendador con un mínimo de 30 días de antelación (art. 11 LAU).

Indemnización

Si el contrato lo prevé, el inquilino que desiste debe indemnizar al arrendador con una mensualidad de renta por cada año de contrato que quede por cumplir; los periodos inferiores a un año dan lugar a la parte proporcional. Si el contrato no dice nada, no hay indemnización. Revisa tu contrato antes de enviar la carta.

Fin del contrato en su fecha

Si en lugar de desistir quieres no renovar al vencimiento, en contratos firmados desde 2019 basta con avisar al menos dos meses antes de la fecha de finalización o de cualquiera de sus prórrogas.

Devolución de la fianza

  • El arrendador debe devolver la fianza en el plazo de un mes desde la entrega de las llaves; si no lo hace, devenga el interés legal (art. 36.4 LAU).
  • Puede descontar los desperfectos (no el desgaste normal) y las cantidades pendientes.
  • Haz fotos del estado de la vivienda y anota las lecturas de los contadores el día de la entrega.

Preguntas frecuentes

¿Puedo irme antes de los seis meses?

La ley no lo permite sin el acuerdo del arrendador. Si se acuerda, conviene dejarlo por escrito.

¿Cómo envío la carta?

Por un medio que deje constancia: burofax, correo certificado con acuse de recibo o entrega en mano con copia firmada.

¿Tengo que pagar el mes de preaviso?

Sí. La renta se paga hasta que se entrega la vivienda.

¿Y si no me devuelven la fianza?

Reclámala por escrito; si no la devuelven, puedes acudir al juicio verbal o a un procedimiento monitorio.

Esta plantilla tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento jurídico. Está elaborada conforme a la normativa vigente en octubre de 2026. Antes de firmar, comprueba que se ajusta a tu caso y, en situaciones especiales, consulta a un abogado.

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